La plataforma digital multilingüe de la Conferencia sobre el Futuro de Europa.

La presidenta de la Comisión Europea, Ursula Von der Leyen, se ha comprometido a dar más voz a los europeos sobre las actividades de la Unión Europea y el trabajo que ésta hace para ellos. Todos los europeos, sean quienes sean y estén donde estén, pueden participar.

A través de la plataforma de la Conferencia sobre el Futuro de Europa se puede interactuar de tres maneras: los ciudadanos se podrán pronunciar sobre Europa y los cambios que crean necesarios, o respaldar o comentar lo que opinen otros europeos; buscar actos para asistir en persona o en línea; u organizar sus propios eventos y contribuir al progreso y a los resultados de la Conferencia.

Para expresar su opinión, los usuarios escogerán de entre los temas en una lista y darán a conocer a la UE su opinión a través de la plataforma. Las ideas se recopilarán, analizarán y harán públicas en la plataforma durante la Conferencia, y a continuación alimentarán los debates celebrados en los paneles de ciudadanos europeos y en los plenos de la Conferencia.

Los usuarios de la plataforma podrán acceder a un mapa con todos los eventos futuros y filtrar por tema, lugar o tipo, por ejemplo, presenciales, en línea o híbridos, antes de apuntarse. Para subir un evento previsto, los organizadores describirán y harán pública su iniciativa en la plataforma, para que otros puedan encontrarla y asistir, y se comprometerán a subir los resultados de sus debates en la plataforma, para que todas las ideas queden ahí recogidas.

Mediante un mecanismo de información y respuesta se garantizará que las ideas que se expresen durante los eventos de la Conferencia se tengan en cuenta en la planificación estratégica de la UE y se traduzcan en recomendaciones concretas para su actuación.

Será un foro para que los ciudadanos de toda la UE interactúen entre sí, difundan sus ideas y envíen aportaciones en línea y servirá tanto para recopilar estas últimas como para informar a los ciudadanos sobre el curso de los debates y su seguimiento.

Además, está abierta a todos los ciudadanos de la UE, así como a los Parlamentos, las autoridades locales, las instituciones y organismos de la UE y la sociedad civil, siempre que respeten la Carta de la Conferencia.

 

 

Reanudación de plazos administrativos, de prescripción y caducidad

El artículo 9 del Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/ 2020, establece que, con efectos desde el 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas.

Por su parte el artículo 8 y 10 establece que,  con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales, de prescripción y caducidad de derechos y acciones.

Real Decreto 537/2020, de 22 de mayo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Consecuencias del Brexit en la aplicación de los principales tributos.

El Reino Unido abandonó la Unión Europea el 31 de enero de 2020.

De conformidad con el Acuerdo de Retirada, ahora es oficialmente un tercer país para la UE y, por lo tanto, ya no participa en la toma de decisiones de la UE.

No obstante, la UE y el Reino Unido han acordado conjuntamente un período transitorio que se prolongará hasta el 31 de diciembre de 2020.https://commission.europa.eu/strategy-and-policy/relations-non-eu-countries/relations-united-kingdom/eu-uk-withdrawal-agreement_es

Durante el período transitorio:

  • no cambia nada para los ciudadanos, los consumidores, las empresas, los inversores, los estudiantes y los investigadores, tanto en la UE como en el Reino Unido; y
  • el Derecho de la Unión sigue siendo aplicable en el Reino Unido.

No habrá ninguna repercusión en las aduanas ni en la fiscalidad durante el período transitorio.

—>Preguntas y respuestas de la Agencia Tributaria.

—>Enlace a la Comisión Europea.

—>Calculadoras de la Agencia Tributaria.